El procedimiento de admisión de nuestros miembros resulta de lo establecido en el artículo 11 de los estatutos y precisa de los siguientes requisitos.
Las empresas que deseen ingresar en la asociación clúster deberán presentar la correspondiente solicitud por escrito, dirigida al presidente, manifestando su voluntad de integrarse; acompañada de la declaración de que cumple y acepta los requisitos fijados en los estatutos y su código deontológico; así como aportando toda la información empresarial que se solicite a tal fin.
A la vista de la documentación recibida, la junta directiva propone y la asamblea general extraordinaria decidirá por mayoría de dos tercios de sus asociados presentes sobre la admisión o no del solicitante.
Contra la negativa de admisión el afectado podrá recurrir ante la propia asamblea que decidirá en última instancia.
Son requisitos para su admisión que la empresa solicitante:
- Tener instalaciones productivas, con domicilio social en Galicia o tener presencia operativa y estable durante al menos tres años para las empresas cuyo domicilio social se encuentre fuera de la Comunidad Autónoma.
- Tener un mínimo de dos técnicos profesionales contratados a tiempo completo por año, en la Comunidad Autónoma de Galicia; o bien, disponer o colaborar activamente con al menos un ingeniero o empresa de ingeniería.
- Que de las actividades de su facturación anual, el cincuenta por ciento estén relacionadas con la cadena de valor de los servicios técnicos de ingenierías o arquitecturas.
- Estar en alguno de los siguientes casos:
- Desarrollar una actividad económica en Galicia relacionada con la ingeniería que genere valor añadido en la comunidad autónoma.
- Demandar intensivamente servicios o trabajos de ingeniería. En este caso, la asamblea general podría estudiar la fórmula de adhesión de entidades no radicadas en Galicia, o en su caso, la forma estable de colaboración con estas empresas.
- Ofrecer servicios de ingeniería o realizar otras actividades que sean de interés para los asociados como, por ejemplo, para la mejora de la competitividad, la internacionalización, la comercialización y la búsqueda de financiación.
- Acreditar su habilitación legal para ejercer actividades empresariales y/o profesionales.
- Encontrarse al corriente de los pagos derivados de sus deberes con la Hacienda Pública y la Seguridad Social, y realizar el depósito de sus cuentas en el Registro Mercantil, o de ser el caso, disponer de la documentación legal que acredite el ejercicio de su actividad y el volumen de facturación.
En el domicilio de la asociación clúster existirá un libro de registro de asociados, en el que se consignarán las altas y bajas que se produzcan, con expresión de su correspondiente fecha. A este libro registro de miembros tendrán libre acceso todos los asociados.